CDCIA Pontevedra


Redacción; Julio Félix


01 de julio de 2024.- La PAFIF (Patrulla Fiscal y Fronteras) de la Guardia Civil de Pontevedra realiza una inspección en una empresa de transportes de Tomiño (Pontevedra), y comprueban la existencia de una instalación de hidrocarburos formada por dos depósitos.

El primero 1.000 litros de gasóleo bonificado, y el segundo con una capacidad de 5.000 litros de gasóleo.

Inspeccionados los vehículos estacionados en el recinto de la empresa, se comprueba que dos de ellos contenían gasóleo bonificado.

Por ello se instruyen distintas actas por infracción a la normativa de impuestos especiales:

  • 01 acta por infracción al art. 15 Ley 38/92 de Impuestos Especiales, por no acreditar el uso y destino del gasóleo bonificado, procediéndose a su precinto.
  • 02 actas por infracción al art. 54 Ley 38/92 de Impuestos Especiales, por uso indebido de gasóleo bonificado.

También se instruye un acta por infracción a la Ley 21/92 de Industria por no acreditarse autorización para su instalación, careciendo de las revisiones periódicas, así como de las medidas contraincendios, además se observan fugas de combustible en la instalación.

De las gestiones practicadas, se constata que el gasóleo, tanto A como B, procede de una estación de servicio de la misma localidad, a la que se le instruye también un acta por infracción a la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos por suministro de los mismos a instalaciones no autorizadas que carecen de condiciones técnicas y medioambientales.

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