SUAREZ-VALDES

Nuestro patrocinado, miembro de la Guardia Civil, fue absuelto de un delito de lesiones, al concurrir en el mismo y en el momento de los hechos, la eximente completa de embriaguez.

Al tener conocimiento de este particular, la Guardia Civil expedientó de inmediato a nuestro cliente, sancionándole por una falta grave consistente en la embriaguez fuera de servicio, cuando afecte a la imagen de la institución.

Interpuesto por Gabinete Jurídico Suárez-Valdés el oportuno recurso contencioso disciplinario contra dicha sanción, en fechas recientes el Tribunal Militar Central nos ha dado la razón, acogiendo nuestro alegato de que para el perfeccionamiento del tipo disciplinario impuesto, no basta con que se acredite la embriaguez, que en este caso resultaba notoria y cosa juzgada, sino que además se precisa acreditar la  necesaria afectación a la imagen de la Guardia Civil, particular este que no constaba acreditado en el expediente. Es por ello que el Tribunal acuerda anular la sanción impuesta injustamente a nuestro cliente. 

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Benemérita al día - Periódico Digital
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