
Desde la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas y consecuencia de las diferentes consultas planteadas por compañeros motociclistas se informa:
• Todos los vehículos deben ser construidos y equipados sin aristas y salientes (art. 12.1 R.D. 2822/98).
• Las motocicletas son vehículos de anchura inferior a un metro. Su anchura y longitud máxima de homologación viene en la tarjeta de inspección técnica.
El artículo 15 del R.D. 1428/03 encargado de las “Dimensiones de la carga” en su punto 4, establece las condiciones de estiva de la carga en una motocicleta.
• No deberá de sobresalir lateralmente más de 0,50 metros a cada lado medidos desde su eje longitudinal.
• No deberá de salir nada por la parte delantera.
• Por la parte posterior, la parte de carga que sobresalga so será superior a 0,25 metros.
Las maletas y baúl posterior deben considerarse como norma general carga, especialmente si no vienen integradas de origen y en la ficha de homologación de la motocicleta dónde se incluye la tara con las mismas.
Departamento de Seguridad Vial
IMU. España.
