Guardia-Civil-primera-clase

Mando y Obediencia son, en la Guardia Civil ejercicios habituales con mayores dimensiones de lo normal, debido a la peculiar forma de actuación y denominación de sus hombres: Al ser la pareja la unidad básica del servicio y sus componentes gozar de atribuciones para decidir en el curso del mismo, subyace en sus componentes un amor a la responsabilidad que será siempre mayor en el que ejerce en aquel momento el mando.

Sin embargo, quien en un servicio actúa como auxiliar, puede muy bien en el siguiente ejercitar el mando, y así, quien muestra completa obediencia al compañero, está a su vez investido de autoridad ante un tercero, menos veterano, servidumbre del deber que se practica indistintamente.

Muy pronto -5-VI-1845- se considera que el nombramiento de guardia de primera clase debe mirarse como recompensa de un servicio especial, o de buena acción, pues como tal deben reputarse en la Guardia Civil los que se presten en favor de la humanidad, salvando al que vea arrastrado por la corriente de un rio, próximo a ser abrasado por las llamas de un incendio, o en cualquier calamidad de las que siempre ha de estar presta a socorrer a los siniestrados la Guardia Civil.

El proteccionismo a los guardias de primera clase por parte del Inspector General volvería a manifestarse -27-VII-1848- al considerar que con su establecimiento no solo “se tuvo presente recompensar la antigüedad y el mérito”, al darles más categoría y sueldo, sino la creación de una clase intermedia entre guardias y cabos, para sustituir a estos en casos determinados.

Se les dio así “existencia propia” y capacidad profesional para suplir las vacantes de comandante de puesto, con todas las consecuencias, y, de paso, resaltando que “la pérdida en un militar de cualquier grado o categoría imprime en el penado una marca indeleble que nunca se debe borrar de su historia, y sólo se acentúa dando pruebas inequívocas de su historia, y sólo se atenúa dando pruebas inequívocas de su buena conducta y amor al oficio”.

La máxima consideración para el guardia civil de primera clase, comúnmente jefe de patrulla y pareja, se alcanzará con la circular de 13-XII-1850, por la que se determina que como fuuros cabos presten sus servicios cerca de oficiales para que perfeccionen su instrucción, procurando que sólo haya uno por puesto “de los más sencillos”. Sus nombramientos pasaron a ser competencia del Inspector General.

Francisco Aguado Sánchez

HISTORIA DE LA GUARDIA CIVIL

 

Benemérita al día - Periódico Digital
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