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La Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia por la que se absuelve al Guardia Civil DCR, del cargo de homicidio por el que se le venía acusando, de acuerdo con el veredicto dictado por el tribunal del jurado que le enjuició.

En el juicio celebrado, según la sentencia, el jurado consideró acreditado que DCR, el día 15 de junio de 2009 sobre las 00:15 horas disparó con su arma reglamentaria cuatro balas contra Ricardo Hernández Caballero que alcanzaron tres de ellas el tórax y en la muñeca izquierda, causándole un shock hipovolémico que causó su muerte.

No obstante lo anterior, la sentencia absuelve al acusado, acogiendo así la tesis defendida por el abogado del Guardia Civil, D. Antonio Suárez-Valdés, por entender que el mismo actuó en legítima defensa de su compañero herido y en el legítimo ejercicio de su profesión. 

La sentencia considera acreditado que DCR efectuó sus disparos cuando observó que el vehículo Renault Laguna que conducía el fallecido, maniobraba marcha atrás con riesgo de volver a atropellar por segunda vez a su compañero, agente de la Guardia Civil, que permanecía lesionado en el suelo a merced del conductor y dada la negativa de aquel a atender los requerimientos de que detuviese el vehículo. La sentencia considera acreditado que DCR efectuó los disparos en el convencimiento de que solo así podría evitar que su compañero fuese atropellado de nuevo.

Por todo ello la sentencia estima que cuando DCR efectuó los disparos que acabaron con la vida de Ricardo Hernández Caballero estaba obligado a actuar por su condición de Guardia Civil y el deber que ello comportaba.

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