1894

Marzo 1894.- Negociado 2º.- Haciendo público un castigo impuesto a un Guardia por haber solicitado una gracia fuera del conducto de Ordenanza

«Por dirigirse a mi autoridad telegráficamente el Guardia segundo de la Comandancia de Cádiz José S… B…, en demanda de una gracia, prescindiendo del conducto que marca la ordenanza; he tenido por conveniente imponerle quince días de arresto por la falta que tal acto determina, cuyo castigo se hace público en el RESUMEN DE SERVICIOS  del Cuerpo, para saludable escarmiento de los individuos que lo componen»..

«Al propio tiempo, y con el fin de evitar la repetición de estas faltas, recuerdo a los primeros jefes de comandancias el más exacto cumplimiento de la Circular de 28 de junio de 1889, (D. O. núm. 143), haciendo conocer a sus subordinados, estoy dispuesto a castigar severamente a los que contravengan  a las disposiciones que sobre el particular se hallan vigentes, y que evidencian un desconocimiento grave de los deberes militares, que en el Instituto, nunca deben ser siquiera olvidados, para lo cual ordenarán lo conveniente, a fin de que la citada superior resolución y las que a la misma se contrae, sean leídas por los Comandantes de los puestos por espacio de tres días, en ocasión de hallarse toda la fuerza reunida».

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