
La sentencia estima la demanda interpuesta por unos hechos que tuvieron su origen en el año 2016, cuando el agente, que se encontraba de baja por enfermedad, fue padre de dos hijos y solicitó el permiso de paternidad cuando le dieran el alta.
El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Huelva ha reconocido el derecho de un agente de la Guardia Civil a ser indemnizado por no poder disfrutar del permiso de paternidad por necesidades del servicio.
Los hechos tuvieron su origen en el año 2016, cuando el agente, que se encontraba de baja por enfermedad, fue padre de dos hijos y solicitó disfrutar el permiso de paternidad cuando le dieran el alta. La Guardia Civil desestimó en su día dicha petición por necesidades del servicio.
La sentencia señala, que al haber pasado más de dos años ya no tiene sentido que el agente disfrute del permiso de paternidad, por lo que se le debe indemnizar con la cuantía del sueldo diario por el permiso de paternidad que le correspondía.
