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La Dirección General del Cuerpo prepara una Instrucción que llevará al Pleno del Consejo de la Guardia Civil del día 28 de septiembre en la que deja sin efecto para los miembros de la Guardia Civil  la retirada de haberes por baja médica que introdujo el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad.

Ninguna de las normas que permiten está derogación para los funcionarios de la Administracion General del estado han incluido de forma expresa en su ámbito de aplicación a aquellos empleados públicos que están integrados en el Régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas,  como ocurre con los guardias civiles.

Sin embargo, al igual que al resto de funcionarios, al personal de la Guardia Civil le fueron aplicadas las mismas reglas de disminución retributiva durante los veinte primeros días de incapacidad temporal.

En la instrucción mantiene su vigencia el sistema de ausencias y su acreditación documental desde el primer día que permite disfrutar de 4 días de indisposición sin necesidad de cursar parte de baja médica.

En cuanto a  la entrada en vigor, los procesos de incapacidad temporal que se hayan iniciado con anterioridad al 31 de julio de 2018 se regirán por lo dispuesto en la normativa anterior, es decir que sólo las bajas médicas iniciadas a partir del día 1 de agosto estarán exentas de la disminución retributiva que ahora se deroga.

http://lapauta.es/not/2295/las-bajas-medicas-iniciadas-a-partir-del-dia-1-de-agosto-ya-no-descontaran-dinero-en-la-nomina-de-los-guardias-civiles/

Benemérita al día - Periódico Digital
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