EL MINISTERIO DE DEFENSA CONDENADO A ABONAR A VARIOS SUBOFICIALES EL 25% DE LA PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD 2012 – AVALADA LA INICIATIVA DE GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS CONTRA LA MEDIDA DEL GOBIERNO DE ELIMINAR LA PAGA DE DICIEMBRE COMPLETA AL PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL Y DE LAS FAS.
Como por todos es conocido ya, en fecha 14 de julio del 2012, se ha publicado en el BOE número 168, el Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entre otras medidas, incorpora la eliminación a los Funcionarios del Cuerpo de la Guardia Civil y de las FAS, de su paga extraordinaria de diciembre. Como quiera que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés consideraron desde el principio dicha medida, confiscatoria, por cuanto supone la detracción de una parte de dicha paga de navidad, que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, ya se había devengado (las pagas extras constituyen una retribución diferida que se devenga por días trabajados, aun cuando su vencimiento se genera a final de año), es por lo que nuestro despacho inició, con carácter inmediato, en el mes de julio del 2012, una reclamación en masa, tendente a la solicitud del abono del 25% de dicha paga, que habría comenzado a devengarse el día uno de junio de ese mismo año.
Una gran cantidad de miembros de las Fuerzas Armadas cursaron nuestras instancias, las cuales fueron desestimadas sistemáticamente por el Ministerio de Defensa. Contra las sucesivas denegatorias Gabinete Jurídico Suárez-Valdés interpuso un importante número de contenciosos administrativos. De forma paralela se elevaron solicitudes a la Defensora del Pueblo solicitando que se pronunciase sobre la legalidad de la pretensión confiscatoria del Gobierno.
En fechas recientes, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha evacuado una sentencia que se acompaña con el presente correo, que condena al Ministerio de Defensa al pago del 25% de la paga extraordinaria de diciembre del 2012, a varios de sus funcionarios. Dicha sentencia ampara los argumentos jurídicos defendidos desde el principio por Gabinete Jurídico Suárez-Valdés y mantenidos en procedimientos similares y estima contraria a derecho, la aplicación de la retirada de la paga extra de navidad del 2012, con carácter retroactivo y con respecto a cantidades que ya habían sido devengadas a la fecha de entrada en vigor de la norma, como sucede en relación con el personal funcionario, que a 15/07/2012, tendría ya devengado un 25% de su paga extraordinaria, como bien reclamamos en su día.
En el mismo sentido, la Defensora del Pueblo nos había dado previamente la razón en su informe de 15/10/2012, en el que, recogiendo el criterio de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, se recomienda a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que no se aplique la supresión de la paga extra de Navidad a la cuantía devengada de la misma, al momento de publicación del Real Decreto-Ley 20/2012 (se adjunta con el presente correo).
Este hecho, no hace sino confirmar nuestra convicción sobre la viabilidad de la acción que ya hemos iniciado y animarnos a llevarla hasta la última vía judicial, elevando, si fuera preciso, cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Européas, no reparándose en medios para la mejor defensa de nuestros afiliados y simpatizantes.
Es por todo lo anterior que se va a aperturar un nuevo plazo hasta el día 28/02/2014, para que todos aquellos que no hubieran reclamado con anterioridad el abono del 25% de la paga extra de diciembre del 2012, indebidamente detraída, puedan solicitarlo ahora por vía de extensión de efectos de sentencia. Para ello, únicamente se deberá remitir a nuestro despacho, por correo ordinario, el boletín de encargo de pleito que se acompaña y las copias de los poderes abajo solicitadas.
LOS INTERESADOS EN RECLAMAR EL ABONO DEL 25 % DE SU PAGA EXTRA DE NAVIDAD DEBERÁN REMITIR URGENTEMENTE POR CORREO ORDINARIO A C/ BRAVO MURILLO 101 PL 11 – 28020 – MADRID, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
- COPIA AUTORIZADA ORIGINAL Y TRES FOTOCOPIAS DE PODER NOTARIAL PARA PLEITOS CON FACULTADES EXPRESAS DE SUSTITUCIÓN A FAVOR DE LOS LETRADOS DE MADRID ANTONIO SUAREZ – VALDES GONZALEZ, DIEGO BUENAGA PAREJA, REGINA DORADO MARTÍN, SARA ISABEL JIMÉNEZ ALONSO Y BEGOÑA VILLACÍS SANCHEZ Y DE LOS PROCURADORES DE MADRID JAVIER FREIXA IRUELA, MILAGROS DURET ARGUELLO Y PATRICIA ROSCH IGLESIAS (SI LO HUBIESEN APORTADO CON ANTERIORIDAD PARA OTRO PROCEDIMIENTO, RESULTARÁ SUFICIENTE CON REMITIR TRES FOTOCOPIAS).
- BOLETIN DE ENCARGO DE PLEITO QUE SE ACOMPAÑA EN ARCHIVO ADJUNTO, FIRMADO POR CADA RECURRENTE EN EL QUE SE LES DETALLAN LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DEL RECURSO.
- 100 € DE PROVISIÓN DE FONDOS PARA HONORARIOS DE ABOGADO (NO AFILIADOS) Ó 0€ DE PROVISIÓN DE FONDOS PARA HONORARIOS DE ABOGADO (AFILIADOS DEL DESPACHO O ASOCIADOS ASFASPRO O DE ATME)
EL ABONO DE LAS PROVISIONES DE LOS NO AFILIADOS SE EFECTUARÁ POR GIRO POSTAL A LA DIRECCIÓN DEL DESPACHO CON EL CONCEPTO PAGA 2012 + SU NOMBRE Y APELLIDOS
- NO AFILIADO: DEBE REMITIR EL JUSTIFICANTE DEL GIRO EFECTUADO O EL NÚMERO DE AFILIADO
- AFILIADOS: JUSTIFICANTE DE ULTIMO PAGO DE CUOTA.
GABINETE JURÍDICO SUÁREZ-VALDÉS
C/ Bravo Murillo, 101, planta 11. 28020 MADRID
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