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En el BOE del pasado 17 de marzo, se publicó el Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

¿De qué se trata?

Es la norma base que regirá la enseñanza en la Guardia Civil en los próximos años. Constituye el primer eslabón del nuevo bloque normativo que comprenderá la regulación necesaria en materia de enseñanza en la Guardia Civil. Este proyecto unido al que se dicte en un futuro sobre directrices de los planes de estudios, forma parte de un marco más amplio, en el que se incluyen varias Órdenes Ministeriales, así como distinta normativa interna (Órdenes Generales e Instrucciones), que completarán el desarrollo en esta materia

¿Cuáles son los ámbitos que abarca este proyecto?

El proyecto abarca los siguientes ámbitos:

Procedimiento general de acceso a la enseñanza de formación.Enseñanza de Formación.

Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales.

Medidas de Protección de la Maternidad.

Centros Docentes y Centro Universitario.

Evaluación de la Calidad de la Enseñanza.

Reconocimientos y Convalidaciones.

Retribuciones de alumnos.

¿Cuáles son las principales novedades en los distintos ámbitos?

     – Procedimiento general de acceso a la enseñanza de formación I

Se recoge la provisión anual de plazas, como primer paso al ingreso y promoción en el Cuerpo.

En cuanto al sistema de promoción que permite acceder a otras escalas…

Se reserva a los suboficiales y a los miembros de la escala de cabos y guardias un porcentaje de las plazas que se oferten anualmente para el acceso a la escala de oficiales, tanto en la modalidad de promoción interna como de cambio de escala.

Se reserva la totalidad de las plazas para ingreso en la escala de suboficiales a los miembros de la de cabos y guardias.

     – Procedimiento general de acceso a la enseñanza de formación II

Se recoge la concesión con carácter eventual, y a los efectos académicos, de prácticas y retributivos, de los empleos de alférez, sargento y guardia civil, con las denominaciones específicas que se establezcan.

Se mantiene el sistema de acceso actual con algunas novedades:

En la fase de oposición de los sistemas de selección, las pruebas de idiomas que puedan exigirse para el ingreso serán del mismo idioma que las contempladas en el plan de estudios a cursar.

De entre los requisitos, se mantienen algunos importantes:

En los procesos de promoción profesional para el acceso a las escalas de oficiales o de suboficiales: No superar el número máximo de cinco convocatorias*

* Hay que tener en cuenta lo dispuesto en la DT1ª en cuanto al momento de inicio del cómputo.

Enseñanza de Formación

     – Integración en el Sistema Educativo Español

Se identifica la enseñanza de formación para acceder a cada una de las escalas con alguno de los niveles del Sistema Educativo Español.

Se adapta la formación de los oficiales a la reordenación de los títulos universitarios, con la exigencia de un título de grado para el acceso a la escala de oficiales.

    – Clasificación final única

Para el personal que se incorpore a una escala, no habiendo cursado los mismos planes de estudios.

Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales I 

…como una parte importante dentro del desarrollo profesional de los guardias civiles que les permite progresar en la carrera profesional.

Se incluyen medidas para la continuación o reorientación  de la carrera profesional de  aquellos guardias civiles  con una limitación para  ocupar determinados destinos.

Se crea el registro de actividades formativas de interés para la guardia civil y el catálogo de cualificaciones específicas de la Guardia Civil. 

Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales II 

A los guardias civiles que se hayan incorporado al servicio activo procedentes de la excedencia por cuidado de familiares, violencia de género o víctima del terrorismo, se les otorgará preferencia, durante 1 año, en la adjudicación de plazas para participar en determinadas actividades formativas. 

Se recogen las normas generales sobre las que se regirán los cursos de capacitación (tras la selección de los asistentes a los mismos y de acuerdo con lo que se recoja en la normativa sobre evaluaciones y ascensos). 

Se recoge la necesidad de desarrollar un sistema de formación continua que contribuya a la permanente actualización de conocimientos de los guardias civiles. 

Protección de la Maternidad 

Se recogen las medidas de protección de la maternidad tanto en los procesos de selección para el ingreso como en las distintas actividades formativas del sistema de enseñanza de la Guardia Civil. 

Con el fin de asegurar la calidad de las enseñanzas que se imparten, se recoge la evaluación del sistema de enseñanza de la Guardia Civil, con el propósito de comprobar que tanto la estructura de la enseñanza, los procedimientos utilizados, los planes de estudio diseñados y los regímenes del alumnado y profesorado se adecuan a las finalidades de la misma.

Evaluación de la calidad de la Enseñanza 

Centros Docentes

Los centros docentes de formación de la Guardia Civil son los siguientes: •Academia de Oficiales de la Guardia Civil.

  • Academia de Suboficiales de la Guardia Civil.
  • Academia de Guardias de la Guardia Civil y Colegio de Guardias Jóvenes.

Se crea el Centro de Perfeccionamiento como referencia de la enseñanza de perfeccionamiento que se imparte en las distintas escuelas o centros de la Guardia Civil, bajo la dirección de la Jefatura de Enseñanza. 

Reconocimientos y Convalidaciones

Se han recogido las directrices principales para poder efectuar tanto el reconocimiento como la convalidación u homologación de enseñanzas cursadas en el sistema educativo español, en las Fuerzas Armadas, en centros docentes de otros cuerpos policiales o en los centros docentes de la Guardia Civil, y de aquellas otras similares en contenidos y créditos. 

Retribuciones de alumnos. 

Se han recogido las retribuciones de los alumnos de los centros docentes de formación para acceso a las distintas escalas del Cuerpo de la Guardia Civil

Disposiciones más destacadas…

De acuerdo a lo dispuesto en la disposición transitoria primera: 

El cómputo de las convocatorias en los procesos de promoción profesional para el acceso a las escalas de oficiales o de suboficiales, comenzará a contar a partir de los procesos selectivos correspondientes al curso académico 2019-2020.  

NUEVO CÓMPUTO DE LAS CONVOCATORIAS A PARTIR DEL CURSO 2019/2020

El Real Decreto que aprueba el Reglamento deroga 3 Reales Decretos:  

– Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil.

– Real Decreto 483/1999, de 18 de marzo, por el que se crean los centros docentes de formación de la Guardia Civil.

– Real Decreto 1145/2006, 6 de octubre, por el que se regulan las retribuciones de los alumnos de los centros docentes de formación para acceso a las diferentes escalas del Cuerpo de la Guardia Civil.

Normativa en tramitación I

– Proyecto de Real Decreto sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de suboficiales y de cabos y guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se regulan los currículos de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante las formas de ingreso por acceso directo sin titulación universitaria y por promoción profesional; se dictan las normas de evaluación, y de progreso y permanencia en el centro docente de formación; y se regulan las titulaciones que permiten el ingreso.

– Proyecto de Orden PRA por la que se regula el Curso de Capacitación para el ascenso a Comandante de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil, se aprueba su plan de estudios y se determinan las pruebas a superar en la evaluación para la asistencia al curso.

– Proyecto de Orden PRA de centros docentes de formación de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil. 

– Proyecto de Orden PRA sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil.

Se encuentran en tramitación orgánica, tras haber sido informados por el Consejo de la Guardia Civil, los siguientes proyectos en materia de enseñanza: 

Normativa en tramitación II

– Proyecto de Orden PRA por la que se regulan los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de coronel de la escala facultativa superior, y de teniente coronel de la escala facultativa técnica y de la escala de oficiales, de la Ley 42/1999, de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se regulan los cursos de capacitación para el ascenso a los empleos de suboficial mayor y de cabo mayor de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la escala de suboficiales de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se aprueban para la Guardia Civil las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado de sus centros docentes.

– Proyecto de Orden PRA por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil.

– Proyecto de Orden PRA por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil.

Benemérita al día - Periódico Digital
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