
El reciente Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, ha actualizado el salario mínimo interprofesional (SMI) para lo que resta del presente año, estableciéndolo en 965 € mensuales.
Sin embargo, el sueldo base del grupo retributivo más bajo en la Guardia Civil (grupo C1), está fijado en 788’42€ mensuales, cuantía que se fija para cada año en los presupuestos generales del Estado (PGE).
Además, se prevé que el SMI sea revisado semestralmente en función de la evolución de diversos indicadores económicos. Pero no así el sueldo base de los guardias civiles, ni para los que se encuentran dentro del grupo retributivo C1, ni para ninguno, siendo revisado y, en su caso incrementado (no siempre) en la Ley de PGE.
¿Por qué el sueldo de la gran mayoría de guardias civiles es inferior al SMI?
En APROGC nos hemos hecho esta pregunta y seguro que también se la habrán hecho muchos otros guardias civiles, pero no hemos encontrado respuesta porque no la hay.
Por eso, hemos remitido una propuesta a la Ministra de Hacienda y al Ministro del Interior para que el sueldo base de los miembros de la Guardia Civil del grupo C1 se incremente hasta igualarse con el SMI. Para que este incremento no suponga a su vez un incremente en la parte correspondiente de los PGE, hemos sugerido que la cantidad necesaria se detraiga del complemento de destino de cada empleo, que también se fija en los PGE. Y a su vez, para que la proporción del sueldo se siga manteniendo entre los diferentes grupos retributivos, hemos propuesto que el mismo porcentaje se incremente en los otros grupos retributivos (A1 y A2).
La cuantía total del gasto correspondiente en este capítulo con la modificación propuesta no modifica el gasto de personal en los PGE.
A la vez, hemos realizado una segunda propuesta: que las dos pagas extras que se abonan a los guardias civiles comprendan íntegramente el sueldo base y los trienios (el 100% de las retribuciones básicas) desapareciendo las disminuciones que se aplican actualmente. Esta propuesta sí incrementaría el gasto específicamente en los dos meses en los que se abonan las pagas extras.
