Foto accidente Moto guardia civil

El pasado día 17 de julio, se dictó sentencia a favor de un agente de la Guardia Civil de Tráfico, que había sido dado de baja para el servicio, sin tener en cuenta las lesiones sufridas por Accidente en Acto de Servicio.

 

Mediante Resolución de Febrero de 2012, el Ministerio de Defensa, acordó declarar la inutilidad permanente para el servicio, “ajena a acto de servicio”, por insuficiencia de condiciones psicofísicas, de un Agente de la Guardia Civil.

El día 3 de mayo del 2012, el agente de la Guardia Civil afectado, solicita que se anule dicha Resolución, y que se declare por parte del Juzgado Central Contencioso-Administrativo, que la inutilidad física permanente que padece para el servicio, es consecuencia directa de un accidente en acto de servicio.

LOS HECHOS

El Agente sufre un accidente estando de servicio en junio de 2001. Tras dicho accidente permaneció dado de baja hasta el mes de enero de 2003, debiendo continua no obstante con su rehabilitación.

En abril de 2003, es dado de alta, pasando a prestar únicamente servicios burocráticos.

En septiembre del año 2004, es nuevamente dado de baja por depresión, situación en la que permanece hasta octubre de 2006,

En julio de 2009, se le diagnostica secuelas por la fractura de tibia y peroné izquierdo, siendo las secuelas catalogadas como de clase II y con una minusvalía del 7%, todo ello como consecuencia del accidente sufrido.

En septiembre de 2011, se le vuelve a diagnosticar trastorno depresivo persistente de causa endógena, con una minusvalía del 25%, considerando el Ministerio de Defensa que el agente no es apto para el servicio, pero sin considerar en ningún momento el acto de servicio.

La sentencia que ahora se ha dictado, viene a decir, que se ha demostrado con las diferentes pruebas practicadas, que todas las secuelas que padece el agente, son derivadas directamente del accidente sufrido, por lo que el pase a la situación de retirado, lo debe ser por “ACCIDENTE EN ACTO DE SERVICIO”.